Con publicación de este Bando de Alcaldía se suspende la autorización que permitía esta práctica en la zona de la Vereda de los Pañeros en Guillena.
El concejal de Juventud, Manuel Martín, se ha dirigido expresamente a los jóvenes del municipio explicándoles el motivo de la prohibición de la práctica de botellones en espacios públicos incluido el que estaba autorizado para ello antes de la pandemia. También les ha llamado a la responsabilidad individual y sentido común para que sirvan de ejemplo a la ciudadanía.
El Ayuntamiento de Guillena publicó en el día de ayer lunes 13 de julio un Bando de Alcaldía por el que prohíbe la concentración y permanencia de grupos de personas en la vía pública. Esta regulación responde a la normativa vigente tras la entrada en vigor de la orden de 19 de junio de 2020 de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, que prohíbe expresamente este tipo de prácticas, no obstante el gobierno municipal ha querido recordarlo y registrarlo en un Bando.
El municipio de Guillena cuenta con un espacio en la vía pública en la Vereda de los Pañeros, habilitado para la concentración y permanencia de personas para el consumo de bebidas u otras actividades. Sin embargo, con esta regulación queda en suspenso la autorización que permitía su uso para tales fines.
Los dos primeros fines de semana de esta «nueva normalidad†han llevado aparejadas diversas actuaciones informativas de la Policía Local con al menos 12 denuncias por infracciones, algo que se reforzará en los próximos días con la entrada en vigor de la norma autonómica del uso obligatorio de mascarillas.
El concejal de Juventud, Manuel Martín, se ha dirigido expresamente a los jóvenes del municipio a través de un escrito donde les explica el motivo de la prohibición de la práctica de botellones en espacios públicos incluido el que estaba autorizado para ello antes de la pandemia. También les ha llamado a la responsabilidad individual y sentido común para que sirvan de ejemplo a la ciudadanía.
Además, este escrito recoge otras cuestiones a tener en cuenta en relación a las normas municipales y ordenanzas de convivencia como no perturbar el descanso de los vecinos con ruidos y olores, la prohibición de realizar necesidades fisiológicas en la vía pública y espacios abiertos, abandonar residuos y envases en espacios no autorizados o actuar sobre bienes públicos o privados con otro fin distinto a su uso o que implique su deterioro.

