APERTURA PLAZO DE SOLICITUD CONVOCATORIA DE AYUDAS DEL AYUNTAMIENTO DESTINADAS A LOS COMERCIOS DEL MUNICIPIO AFECTADOS POR EL CIERRE OBLIGATORIO DURANTE EL ESTADO DE ALARMA

-Tras la publicación hoy en el BOP del extracto del Acuerdo del Pleno del pasado 29 de julio, el plazo de solicitud estará abierto del 19 de agosto al 21 de septiembre. Los interesados podrán presentar la solicitud, junto con la documentación requerida en la sede electrónica del Ayuntamiento de Guillena. https://guillena.sedelectronica.es/info.0

-Este programa cuenta con un presupuesto de 140.000 euros. La cuantía máxima será de 1.000 euros. Estas ayudas son compatibles con otros programas estatales, autonómicos o provinciales

-El objetivo de esta convocatoria es paliar el impacto derivado de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 sobre los empresarios autónomos y societarios SL Unipersonales del municipio de Guillena

En el BOP número 191 de 18 de agosto se ha publicado el extracto del acuerdo de Pleno de 29 de julio de 2020 con la aprobación de las bases específicas y la convocatoria de ayudas a autónomos del municipio de Guillena afectados por el cierre obligatorio por el Estado de Alarma COVID-19.

Desde mañana miércoles 19 de agosto y hasta el 21 de septiembre, los interesados podrán presentar la solicitud, junto con la documentación requerida en la sede electrónica del Ayuntamiento de Guillena. https://guillena.sedelectronica.es/info.0. La solicitud deberá presentarse en el modelo establecido como ANEXO I a estas bases. Esta solicitud estará disponible en la web municipal para su descarga por parte de los interesados.

Este programa de ayudas del Ayuntamiento cuenta con un presupuesto de 140.000 euros y forma parte del paquete de medidas urgentes extraordinarias municipal para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. La cuantía máxima será de 1.000 euros. Estas ayudas son compatibles con otros programas estatales, autonómicos o provinciales.

El objetivo es paliar el impacto derivado de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 sobre los empresarios autónomos y societarios SL Unipersonales del municipio de Guillena especialmente afectados por el cierre obligatorio de sus actividades como medida para facilitar su reapertura tras el levantamiento del Estado de Alarma.

La convocatoria contempla ayudas destinadas a la cobertura de gastos fijos y los ocasionados por el COVID-19 de los pequeños empresarios autónomos o SL Unipersonales del municipio. El procedimiento será el de concurrencia competitiva con valoración individualizada, siendo el único criterio de valoración a tener en cuenta, los días de antigÁ¼edad en el último alta en el R E T A, por lo que se realizará una prelación de las solicitudes en relación a la antigÁ¼edad del último alta en dicho régimen.

BENEFICIARIOS

.1. Podrán tener la condición de persona beneficiaria de estas ayudas, los que a 1 de marzo de 2020 cumplan los siguientes requisitos:

-Los empresarios y/o profesionales individuales autónomos o S L Unipersonales, válidamente constituidos y dados de alta en el R E T A con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo y se hayan mantenido en alta en el régimen de la Seguridad Social y Hacienda en el momento de presentación de la solicitud.

-Que ejerzan una actividad económica en el municipio de Guillena relacionados con las actividades anteriores (su actividad se encuadre en alguna de las suspendidas según el Real Decreto 463/2020, por el que se declaró el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 o por órdenes dictadas por la Autoridad competente y siempre que su establecimiento y /o actividad se haya visto obligada al cierre).

-Los autónomos o S.L. Unipersonales solicitantes deberán tener su domicilio fiscal y/o domicilio social de la actividad en el municipio de Guillena, con anterioridad a la declaración del Estado de Alarma.

-En el caso de tener establecimiento en que desarrollen su actividad deben poseer licencia municipal de apertura en vigor o con el trámite completo realizado y presentado a falta de verificación municipal a fecha 1 de marzo de 2020, ante la paralización de actividad y plazos en este período

DOCUMENTACIÁ“N A PRESENTAR JUNTO A LA SOLICITUD:

– DNI del solicitante.

– En caso de S.L. Unipersonal, escritura de constitución de la sociedad.

– Si la solicitud la presenta un representante legal, DNI del representante legal.

– Informe de Vida Laboral actualizado.

– Certificado de situación Censal emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributariaacreditativo de encontrarse de alta en el/los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas.

– Certificado de estar al corriente frente al cumplimiento de las obligaciones tributarias estatal, autonómica, local y frente a la Seguridad social.

– Declaración responsable de que la actividad para la que solicita la subvención ha sido obligada al cierre como consecuencia del Estado de Alarma, conforme al artículo 10 del RD 463/2020, modificado por el apartado dos del artículo 1 del RD 465/2020 y no ha realizado la actividad durante el periodo decretado.

Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones se han aprobado por acuerdo del Pleno de la Corporación de fecha 29 de julio de 2020, están publicadas en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla número 189, de 14 de agosto de 2020.