ACTO DE ENTREGA DE LOS PRIMEROS 51 HUERTOS SOCIALES A VECINOS DE GUILLENA, TORRE DE LA REINA Y LAS PAJANOSAS

En la mañana de hoy, martes 30 de octubre, en el salón de plenos del Ayuntamiento de Guillena ha tenido lugar el acto de entrega de los primeros huertos sociales a los vecinos que lo habían solicitado durante el periodo habilitado y que cumplían los requisitos establecidos en la convocatoria. A la cita han acudido los 51 beneficiarios de este proyecto municipal que es posible gracias al patrocinio de la Fundación Cobre Las Cruces (FCLC). El presupuesto ha sido de 20.000 euros.
Durante el acto protocolario los vecinos y vecinas de Guillena, Torre de la Reina y Las Pajanosas han recibido de manos del alcalde Lorenzo Medina las llaves de los huertos, además de firmar el convenio de cesión de uso por dos años y recibir el reglamento de funcionamiento. La asignación de las parcelas ha sido mediante sorteo público realizado también en la mañana de hoy. Cada beneficiario ha sacado de una urna una papeleta con el número de huerto adjudicado.
A partir de mañana, los adjudicatarios de los huertos ya podrán empezar a hacer uso de ellos. De este proyecto también han querido participar los centros de enseñanza del municipio, caso del colegio Andalucía de Guillena y la escuela infantil El Trenecito de Las Pajanosas.
Ahora se abrirá un nuevo plazo de solicitud ya que el proyecto contempla hasta 200 huertos y solo se han entregado 51. De los que 33 son en Guillena, 12 en Las Pajanosas y 8 en Torre de la Reina. El Área de Medio Ambiente espera que con la puesta en marcha de los primero se produzca un efecto llamada.
En el acto también han estado presentes la concejala de Medio Ambiente del Ayuntamiento, Manuela Ruiz; y María Bocarando en representación de la Fundación Cobre Las Cruces.
Hasta llegar aquí ha habido un largo proceso, que se inició el 29 de noviembre de 2011 con la firma del convenio entre el Ayuntamiento de Guillena y FCLC. P
En Guillena las parcelas se ubican en la zona de la Vega, junto a la Ciudad Deportiva. Están previstos hasta un total de 150 huertos de una superficie que oscilará entre los 80 y los 100 metros cuadrados. En Torre de la Reina se han habilitado 15 huertos y en Las Pajanosas 33, todos en terrenos de propiedad municipal.
Cada uno de los huertos está dotado de agua para riego y acceso común independiente en cada núcleo de población. El precio es de 4,13 euros al mes + IVA (60 euros anuales, incluido 21% IVA) en concepto de mantenimiento y adecuación de las instalaciones. Este precio está regulado en una ordenanza reguladora que fue aprobada por el pleno.
Los huertos, de titularidad municipal, tendrán un uso exclusivamente agrícola y su producción se destinará exclusivamente al consumo familiar. Se ha dado preferencia a colectivos como la tercera edad, personas con discapacidad o desempleados. No se permitirá ningún tipo de construcción o forma de almacenamiento de agua. El sistema de riego estará establecido con horarios.
En los huertos se permitirán las visitas grupales de escolares con la finalidad de divulgar prácticas de cultivo tradicional y los adjudicatarios de los huertos estarán obligados a participar en los diferentes proyectos de colaboración con otras entidades que se programen.
El proyecto nace con el propósito de fomentar la concienciación medioambiental, recuperando espacios rústicos para su uso agrícola, a la vez que fomenta las relaciones sociales y la convivencia intergeneracional. Otros fines son promover las buenas prácticas ambientales de cultivo, apostar por la agricultura ecológica, recuperar usos y costumbres de la agricultura tradicional, fomentar la participación ciudadana y potenciar el carácter educativo y lúdico de los huertos.

Requisitos para ser beneficiario.
Podrán ser beneficiarios de las licencias de ocupación de los huertos urbanos, las personas que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Ser mayores de edad.
b) Estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, o tenga aprobado un plan de pago en su caso.
c) No estar en posesión, el solicitante o su cónyuge, de otra parcela comprendida en los huertos urbanos.
d) No poseer otras parcelas agrícolas o ser dueño de otros terrenos de naturaleza rústica, que sean aptas para actividades agrícolas, lo cual comprobará el Ayuntamiento a través del Servicio de Catastro.
g) No haber sido sancionado en razón a la posesión anterior de huertos urbanos, o haber sido privado de la parcela de la que fuera adjudicatario.

Procedimiento y baremación para la concesión de licencias.
1. El procedimiento aplicable al otorgamiento de las licencias que habiliten para la ocupación de los huertos urbanos, y faculten para su uso y disfrute, será en régimen de concurrencia, dado el número limitado de las mismas.
2. Dicho procedimiento se iniciará de oficio por el Ayuntamiento, previa Resolución en tal sentido dictada por el órgano local competente, en la que se contendrá la convocatoria de concesión de licencias de ocupación de huertos urbanos.
3. En cada núcleo de población, se establecerán un número de parcelas reservados previamente para las siguientes entidades:
a) Asociaciones de personas con discapacidad.
b) Los Centros Educativos de cada localidad, destinadas al disfrute de los escolares del centro que corresponda.
Igualmente, una vez realizada esta reserva, el número de parcelas libres resultante en cada núcleo de población se dividirá en la siguiente proporción para su adjudicación:
— 40% del total de parcelas, reservadas para mayores de 65 años.
— 25% del total de parcelas, reservadas para pensionistas menores de 65 años y/o personas con una discapacidad reconocida a partir del 33%.
— 25 % del total de parcelas, reservadas para desempleados.
— 10 % del total de parcelas para el resto de población.
En el supuesto que sobren parcelas reservadas para algunos de estos sectores de la población, éstas se adjudicarán en función de la demanda.
Dicha convocatoria será objeto de publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento, así comoen la página web del mismo: www.guillena.org.

El procedimiento de baremación a seguir en el régimen de concurrencia, será el que sigue:
a) Estar empadronado/a en el municipio de Guillena: 3 puntos. (Se acreditará mediante certificado de empadronamiento).
b) Ser pensionista menor de 65 años: 1,5 puntos (Se acreditará con certificado de pensión de la Seguridad Social).
c) Ser mayor de 65 años: 2,5 puntos (se acreditará con tarjeta de la Junta de Andalucía, y en su defecto Documento Nacional de Identidad).
d) Ser persona con minusvalía reconocida, como mínimo de un 33 por ciento: 1,5 puntos (Se acreditará mediante documentación de la Seguridad Social).
e) Estar en situación de desempleo: 2,5 puntos (se acreditará mediante la tarjeta de demanda de empleo).
En aquellos casos en el que el número de demandantes supere al número de parcelas ofertadas, y estando en igualdad de puntuación, estas personas que estén en igualdad de puntuación, se someterán a sorteo público, cuya fecha y lugar será publicado en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, así como en la página web del Ayuntamiento: www.guillena.org.
A la solicitud deberá acompañar, en todo caso, la siguiente documentación:
a) Fotocopia del D.N.I. o documento que legalmente le sustituya.
b) La documentación que acredite la puntuación obtenida en la baremación indicada.

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